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Bolsa de empleo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio

J. A. Moreno | 1062 Lunes, 02 de Junio de 2014 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento de Abarán ha informado de la convocatoria de las pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente y de duración determinada de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para la contratación en función de las necesidades de la Empresa Municipal de Servicios.

 

BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCION CONVOCADO

PARA LA CONFECCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO

 

Primera.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

 

Es objeto de esta convocatoria  la regulación de las pruebas selectivas convocadas para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral no permanente y de duración determinada de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para la contratación en función de las necesidades de la Empresa Municipal de Servicios.

 

 

Segunda.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

 

    Los aspirantes deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

 

  • Tener la nacionalidad española o la ciudadanía de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos de la definición contenida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

 

  • Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

 

  • Estar en posesión del Titulo de Certificado de Estudios Primarios o equivalente.

 

  • Estar en posesión del Curso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio de 250h. de duración o similar

 

  • No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida la realización de las funciones propias del cargo. Las personas minusválidas habrán de acreditar tanto su condición de minusválido como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto mediante la oportuna certificación expedida por el IMSERSO, IMAS u organismo equivalente de las Comunidades Autónomas.

 

  • No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario del servicio del Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

 

 

Tercera.- PRESENTACION DE INSTANCIAS:

 

            Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria en la que los aspirantes deberán manifestar expresamente que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, deberán ir acompañadas del currículum, fotocopia del D.N.I. y los justificantes de los méritos alegados y especificados en la base séptima, se dirigirán al Sr. Presidente del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Servicios  y se presentarán en la oficina de la Empresa Municipal, sita en Plaza Vieja..

 

            El plazo de presentación de instancias, acompañadas de los méritos respectivos que los acompañen, será de 10 días naturales  a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicada la oferta en los medios de comunicación Local.

 

 

 

Cuarta.- ADMISION DE ASPIRANTES:

 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Abarán la lista de admitidos y excluidos, así como el Tribunal,  fecha del concurso y prueba teórico-práctica, con indicación del plazo de subsanación de defectos (3 días) que se concede a los aspirantes excluidos.

 

 

 

Quinta.- TRIBUNAL CALIFICADOR:

 

Presidente: El Presidente del Consejo de Administración de la Empresa  Municipal de Servicios o en quien delegue de dicho Consejo

 

Secretario: El Secretario del Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Servicios o en quien delegue de dicho Consejo.

 

Vocales: 3 Vocales designados por el Presidente del Consejo de Administración.

                  

El Tribunal de selección contará con los respectivos suplentes, así como con los asesores que se estimen necesarios.

 

 

Sexta.- PROCEDIMIENTOS DE SELECCION.

 

La designación para el puesto que se pretende cubrir recaerá en la persona que se encuentre en primer lugar en la Bolsa de Trabajo, que se elaborará conforme a los siguientes criterios:

 

        La elaboración o formación de esta Bolsa de Trabajo comenzará con el primer procedimiento selectivo que efectúe la Sociedad Municipal para la Gestión de Servicios de Abarán SL., después de la aprobación de estas Bases. En caso de empate de puntuaciones, el orden quedará fijado efectuando sorteo entre los aspirantes afectados.

 

      Si un integrante de la Lista, ante el llamamiento por necesidad de contratación renunciara a ser contratado, entendiéndose por tal, tanto la formulada expresamente como la falta de contestación, dentro de un plazo de 24h, decaerá en su derecho a continuar formando parte de la Lista. En el supuesto de que la renuncia sea por causa justificada, automáticamente pasará a ocupar el último lugar de la Lista.

 

      Es obligación del trabajador designar un domicilio a efectos de notificaciones y mantenerlo permanentemente actualizado

 

       Los integrantes de la Bolsa de Trabajo solo podrán permanecer en ella durante 18 meses continuados, una vez transcurridos los cuales serán automáticamente excluidos de la misma, sin perjuicio de que puedan nuevamente formar parte de ella con la superación de otros procesos selectivos.

 

 

Séptima.- SELECCIÓN DE ASPIRANTES.

 

       La selección se efectuará por el Tribunal Calificador mediante la realización de una prueba teórico y/o practica, relacionada con el puesto de trabajo a cubrir y funciones a desarrollar,  así como la valoración de los méritos alegados por los aspirantes en el  “Curriculum Vital

 

       El 'Curriculum Vitae' se aportará siempre con la instancia y se valorará de acuerdo con el siguiente baremo:

 

a) Por años de experiencia en el desarrollo de funciones análogas a la plaza objeto de esta bolsa de trabajo, hasta un máximo de 2 puntos a razón de 0,20 puntos por año, no teniéndose en cuenta las fracciones inferiores a un mes.  

 

b) Por la asistencia a cursos  de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo convocado y hasta un máximo de 1,5 puntos, con el siguiente detalle:

 

  • Cursos de 15 a 30 horas                   0,05 puntos
  • Cursos de 31 a 50 horas                   0,10 puntos
  • Cursos de más de 50 horas              0,20 puntos

 

Si dichos cursos son realizados en centros privados se valorarán a discreción del Tribunal, atendiendo al Centro de lo expida y a aquellos extremos que garanticen el rigor y seriedad de los mismos. En caso de que se admitan se valorarán de acuerdo a la escala descrita, pero reduciéndose a la mitad la puntuación.

 

c).- Por estar en posesión del Permiso de Conducir  B, 1 punto

 

d).- Por estar en posesión de otras titulaciones académicas distintas a las que utilice para tomar parte en la convocatoria, hasta un máximo de 1 punto

  

  • Graduado Escolar                                         0,25 puntos
  • Bachillerato                                                   0,50 puntos
  • Diplomatura                                                  0,75 puntos
  • Licenciatura                                                  1 punto

                                                

           Únicamente se valorarán aquellos méritos acreditados a través de los documentos que se indican:

 

  • El apartado a) se acreditará mediante informe o certificación de cotizaciones expedida por la Seguridad Social acompañada del certificado de la empresa correspondiente o en su defecto documentación acreditativo del tiempo trabajado y el puesto de trabajo desempeñado (nóminas, contratos).

 

  • El apartado b) se acreditará mediante certificado o diploma expedido por el Centro correspondiente, en el que conste al número de horas.
  • El apartado c) se acreditará mediante certificación de la Administración correspondiente.
  • El apartado d) se acreditará mediante certificado o diploma expedido por el Centro.

 

 

Octava.- REALIZACION DE PRUEBA SELECTIVA:

 

Constituye en contestar por escrito un test de 50 preguntas máximo, con cuatro respuestas de las cuales una de ellas es válida. El Tribunal informará a los aspirantes antes del inicio de la prueba de la forma de calificar del ejercicio. El plazo máximo de duración del ejercicio será de 1 hora. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo esta prueba de carácter eliminatorio, considerándose apto  para la siguiente prueba, si la hubiese, los aspirantes que hayan obtenido, al menos, una calificación de 5 puntos. Las preguntas versarán sobre contenidos incluidos en Temario indicado en el Anexo I

 

 

Novena.- CALIFICACION DEFINITIVA:

 

            A la puntuación obtenida por los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas, se sumará la resultante de los meritos alegados.

 

 

Décima.- IMPUGNACIÓN.

 

     La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados, en los casos y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92 de 26 de noviembre.

                                 

EL PRESIDENTE  DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION

 

 

ANEXO I

AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO

 

Tema 1.- Normas básicas de Seguridad e Higiene en el trabajo.

 

Tema 2.- Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

 

Tema 3.- Aspectos Generales del envejecimiento.

 

Tema 4.- El anciano como enfermo crónico.

 

Tema 5.- Necesidades sociales y humanas en el envejecimiento.

 

Tema 6.- Los Servicios Sociales.

 

Tema 7.- El servicio de Ayuda a Domicilio.

 

Tema 8.- El auxiliar de Ayuda a Domicilio.

 

Tema 9.- Actuaciones de carácter doméstico, personal, y general.

 

Tema 10.- Sicopatología más frecuente en el anciano.

 

Tema 11.- El maltrato.

 

Tema 12.- Rehabilitación.

 

Tema 13.- Terapia Ocupacional.

 

Tema 14.- Asistencia a los pacientes crónicos y terminales

 

Tema 15.- Síndrome de inmunodeficiencia adquirida.

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