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No recoger las cacas de los perros en Abarán podrá costar hasta 300 euros

J. A. Moreno | 464 Jueves, 21 de Julio de 2016 Tiempo de lectura:

Con su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), Abarán ya tiene su propia ordenanza municipal para la protección de animales de compañía, donde se contemplan las sanciones que se aplicarán contra aquellas personas que la incumplan. Así, por ejemplo, llevarlos sueltos en la vía pública o no recoger sus deposiciones se penalizará hasta con 300 euros, abandonar un animal podría costar al bolsillo del infractor hasta 2.400 euros, y depositar cebos envenenados o dañinos se castigará hasta con 15.000 euros.

 

La presente Ordenanza, que será de obligado cumplimiento en todo el término municipal de Abarán, tiene como objeto «fijar la normativa que asegure una tenencia de animales compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de personas y bienes, así como garantizar a los animales la debida protección y buen trato».

 

Las competencias en esta materia quedan atribuidas a las concejalías de Sanidad, Consumo, y Medio Ambiente, siendo necesarias la dotación de la Policía Local con un lector de ISO (Microchip) y la especialización de varios agentes municipales para aplicar la citada Ordenanza, para la que creará un censo municipal de animales de compañía en colaboración con Sistema de Identificación de Animales de Compañía de la Región de Murcia (SIAMU).

 

Los poseedores de perros y gatos deberán censarlos en el ayuntamiento, y su identificación se efectuará mediante sistema electrónico con normativa técnica ISO, conocido comúnmente como microchip, que deberán implantarse en los animales en un plazo máximo de seis meses. Igualmente se creará un registro de todos los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en el término municipal de Abarán.

 

Con el fin de establecer mejor control sanitario, todos los poseedores de perros o gatos quedan obligados a obtener, previa desparasitación y vacunación del animal, la oportuna cartilla sanitaria en el plazo de tres meses.

 

Las bajas por muerte de los animales serán comunicadas por sus titulares en las oficinas del censo en el plazo de 14 días a contar desde que se produjesen, acompañado al tal efecto de su cartilla sanitaria y adjuntando certificado de incineración.

 

Las personas que conduzcan animales estarán obligadas a llevar bolsas o envoltorios adecuados para recoger la materia fecal inmediata de los mismos, y a depositarlas en las papeleras y otros elementos adecuados. Del cumplimento serán responsables las personas que conduzcan los animales o subsidiariamente los propietarios de los mismos.

 

La Ordenanza contempla tres tipos de infracciones:
 

Leves, con sanciones desde 150 a 300 €.

 

Graves, desde 300 a 2.400 €.

 

Muy graves, desde 2.400 a 15.000 €.

 

El ayuntamiento programará campañas divulgadoras del contenido de la presente Ordenanza y tomará las medidas que contribuyan a fomentar el respeto a los animales y a difundirlo y promoverlo en la sociedad, en colaboración con las asociaciones de protección de los animales.

 

La presente Ordenanza, que pueden descargar completa al pie de esta información, se aprobó inicialmente por acuerdo del pleno municipal de fecha 13 de junio de 2016, y entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en el BORM.

 

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