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Solo una persona por coche para hacer frente al coronavirus

Agencias / J. A. Moreno Jueves, 19 de Marzo de 2020 Tiempo de lectura:

La entrada en vigor del estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus limita la circulación, tanto de los ciudadanos a pie como en desplazamiento en coche, y en este último supuesto, la pregunta que más se están haciendo los ciudadanos es la siguiente: ¿Pueden ir dos personas en el mismo coche?, una interrogante que ha motivado que la Guardia Civil aclare algunos conceptos en su cuenta oficial de Twitter: «Tanto a pie como en vehículo solo se permiten los desplazamientos individuales en los supuestos establecidos en el artículo 7 del R.D. por el que se declara el estado de alarma, salvo para acompañar a personas con discapacidad, menores, mayores, o por causa justificada», por lo tanto, fuera de estos supuestos, los trayectos necesarios en coche debe hacerlos una única persona.

[Img #31215]

 

No son pocas las consultas que, en este sentido, tanto la Guardia Civil como la Policía Local están recibiendo en este sentido, por lo que hay que dejar claro que ir dos personas en un mismo coche -salvo en los supuestos ya citados-, es denunciable y, por lo tanto, lleva aparejada una sanción.

 

En cualquier caso, el sentido común aconseja que, cuando vayan dos personas, se puede hacer respetando la distancia de seguridad: el pasajero en el asiento de atrás y en la parte derecha del vehículo. Pero, insistimos, la consigna que tienen tanto Policía como Guardia Civil es clara: quien lleve a otra persona en el coche tiene que ser por un motivo debidamente justificado y excepcional o que se trate de personas a cargo del conductor: menores a los que no se pueda dejar solos en casa, personas mayores o con discapacidad. Fuera de eso no hay margen para llevar pasajeros, aunque siempre habrá supuestos en los que la decisión de sancionar quede a expensas de la interpretación que haga el agente de cada caso, porque se pueden dar muchas situaciones.

 

A modo de ejemplo, les dejamos una serie de preguntas y 'respuestas' recogidas de algunas fuentes consultadas, advirtiendo a nuestros lectores que estos supuestos, a día de hoy, son éstos, aunque mañana pueden variar en función de la evolución de la pandemia y, sobre todo, del comportamiento de la sociedad frente a la crisis sanitaria.

 

- ¿Puedo ir a dejar comida a casa de mi madre?

SI. El apoyo a las personas dependientes es una de las causas de movilidad que recoge específicamente el real decreto del Gobierno.

 

- ¿Puedo salir a correr o a practicar algún deporte?

Tajantemente NO. La orden, que no admite excepciones y se extiende a todas las modalidades lúdicas y deportivas, es quedarse en casa.

 

- ¿Puedo salir a pasear o caminar por el campo si me lo ha recomendado el médico?

NO. Ni siquiera por las escaleras o zonas comunes del edificio, ya que el virus se contagia por el tacto y se puede poner en riesgo a otros vecinos. La limitación de movimientos en este sentido es estricta.

 

- ¿Cómo comprobarán a dónde voy?

Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que tienen como máxima prioridad en estos 15 días el cumplimiento del real decreto, pueden requerir toda la documentación que estimen necesaria para comprobar la realidad del desplazamiento, pero aplicarán, ante todo, el sentido común. Se recomienda conservar los 'tickets' de compra o los resguardos bancarios para justificar nuestra presencia en la vía pública.

 

- Si digo que voy al súper, ¿cómo lo comprobarán?

Decir que vas al super no es un cheque en blanco. Desde las Fuerzas de Seguridad advierten: «Habrá que acreditarlo». Cada caso se comprobará y estudiará individualmente. 

 

- ¿Se van a tomar medidas para evitar aglomeraciones en los supermercados?

Si fuese necesario, las Fuerzas de Seguridad podrían tomar medidas e incluso imponer el orden fuera y dentro del supermercado, pero a día de hoy, en Abarán no parece probable

 

- ¿Puedo ir a casa de unos amigos a recoger unas mascarillas o guantes?

SI, pero como en todos los casos, habrá que demostrarlo. El real decreto admite ir a las farmacias en busca de material sanitario, así que, si es a otro lugar, se entendería también incluido entre las excepciones.

 

- Si soy aficionado a las motos, ¿puedo salir de ruta el domingo?

NO. Es claramente un desplazamiento no justificado y, como en el resto de casos, comportará una sanción económica.

 

¿Puedo sacar al perro?

SI, pero no como sinónimo de salir a pasear. Lo mínimo imprescindible, el menor tiempo posible y sin alejarse demasiado del lugar de residencia.

 

En cualquier caso, este es el texto recogido en el RD y del que se desprenden las indicaciones a seguir:

 

[Img #31216]

 

Y, además, estas indicaciones de la PL de Abarán también pueden resolver algunas dudas:

 

[Img #31224]


≈ Emplazamiento publicitario ≈

 

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