
El Consejo Jurídico de la Región de Murcia en respuesta a una consulta de la Consejería de Educación y Cultura, ha informado en contra de estimar la reclamación de 12.224,55 euros de indemnización presentada por la madre de un alumno de un centro educativo de Abarán que resultó accidentado cuando participaba en una excursión escolar.
El suceso ocurrió hace ahora tres años en el transcurso de una excursión por el paraje de ‘Darrax’ en la que participaron 96 alumnos y ocho profesores. La actividad tenía como fin conocer las características de la fauna y flora y aspectos del relieve de la zona. En un momento dado, durante la marcha, dos alumnos se sentaron sobre la cadena que cierra un camino de acceso a una finca de arbolado, momento en el cual uno de los pilares a los que se hallaba anclada la cadena se vino abajo, con tan mala fortuna de impactar contra el cuerpo de los menores, uno de los cuales resultó herido de gravedad hasta el punto de tener que ser trasladado hasta el Hospital Universitario ‘Virgen de la Arrixaca’ de Murcia.
En su resolución, el CJRM refiere que «La reclamación se formula no por posibles daños morales sino por el daño patrimonial que ocasionaría a la interesada -la madre del alumno accidentado- el pago de la factura emitida por el Hospital Universitario ‘Virgen de la Arrixaca por importe de 12.224,65 euros, cuando, en primer lugar no consta que el pago haya sido hecho. Es más, lo que sí consta es que no tendrá que hacerlo pues el alumno, aunque no estaba cubierto por el seguro escolar que incluye a los alumnos a partir de Segundo de ESO -en el momento del accidente estaba en Primero- sí tenía derecho a la prestación sanitaria por el Sistema Nacional de Salud».
Finalmente, el Consejo Jurídico formula la siguiente conclusión: «La reclamación debe ser desestimada al no existir, entre el funcionamiento de los servicios educativos regionales y los daños por los que se reclama indemnización, la relación de causalidad que es jurídicamente adecuada y necesaria para determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración regional».







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