Un vecino de Cieza, que en 2004 ya fue condenado a nueve años de prisión por un delito de violación, pena que dejó extinguida en junio de 2013, deberá cumplir otros tres años más por una nueva agresión sexual -esta vez en grado de tentativa-, cometida apenas nueve meses después de haber cumplido la anterior. El acusado, que reconoció los hechos antes de la celebración del juicio oral, deberá cumplir también una orden de alejamiento de su víctima durante cinco años y un día posteriores a la pena de prisión, e indemnizarla con 3.490 euros.
Según los hechos probados, «el acusado, entre la 01:00 y las 01:45 horas del 25 de marzo de 2014, abordó a una mujer que caminaba sola por una calle solitaria de Cieza, en una zona donde solo hay construidas viviendas en una de sus aceras, mientras que la otra da a un descampado. Allí, aprovechando la escasa iluminación del lugar, y la mínima probabilidad de que en un sitio así, y de madrugada, alguien pudiera acudir en auxilio de la mujer, movido por ánimo libidinoso, la agarró por la fuerza y la llevó al descampado existente en el lugar al tiempo que, con ánimo de menoscabar su integridad física, la golpeaba repetidamente en la cara y en el cuerpo y, al tiempo que le refería frases tales como "yo a ti te mato, ahora mismo vas a ------ conmigo", comenzó a bajarle los pantalones, consiguiendo hacerlo hasta la altura de las rodillas», según recoge la sentencia.
En ese momento, un turismo, que resultó ser una patrulla de la Guardia Civil en un vehículo camuflado, llegó a la zona, motivo por el cual el acusado, que no pudo consumar la agresión sexual, emprendió la huida.
La víctima, que fue trasladada a un hospital por los agentes, presentó diversas lesiones y hematomas en la frente, labio inferior, pómulo derecho, y región occipital, así como erosiones en mama derecha, glúteo derecho y rodilla derecha.
El acusado, que se encuentra en situación de prisión provisional por estos hechos desde el cinco de abril de 2014, ha sido condenado a la pena de tres años de prisión, cinco años y un día de libertad vigilada, y a la prohibición de aproximación y comunicación con su víctima durante un plazo de cinco años y un día, más el pago de las costas procesales.
En cuanto a la responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la perjudicada con una cantidad de 3.490 euros.
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