La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un varón, nacido en Pamplona y con residencia en Abarán en el momento en el que fueron juzgados los hechos, a una pena de 2 años de prisión y al pago de una indemnización de 3.000 euros por un delito de abuso sexual cometido contra una joven durante las fiestas de San Fermín de Pamplona.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, los hechos ocurrieron en la madrugada del 8 de julio de 2016. El acusado y la víctima, una joven de 18 años, se conocieron esa noche en el casco viejo de Pamplona, y tras estar un rato charlando, se despidieron, encontrándose de nuevo más tarde y proponiéndole el hombre ir a casa de un amigo en la que él estaba alojado, a lo que ella accedió.
Una vez allí, comenzaron a besarse y acabaron desnudos, aunque la joven expresó que no deseaba mantener relaciones sexuales con penetración vaginal, ya que le resultaba doloroso, por lo que ambos practicaron de común acuerdo sexo oral y se masturbaron mutuamente. En un momento determinado, el acusado trató de penetrarla vaginalmente, diciéndole ella que no quería, una acción que el hombre llegó a repetir en otras dos ocasiones mientras trataba de convencerla a pesar y mientras que la chica seguía sin acceder.
Finalmente -recoge la sentencia-, a sabiendas de la negativa de la joven y movido por su ánimo libidinoso, le sujetó los brazos y le abrió las piernas acercando su pene a la vagina sin llegar a penetrarla. Entonces la chica gritó y lo empujó, apartándose el acusado. A continuación, ambos se vistieron y abandonaron el domicilio.
Como consecuencia de estos hechos, la joven tuvo lesiones consistentes equimosis violácea en himen a las 8 horas y desgarro en dicho nivel que no llega a borde de inserción; equimosis violácea a las 12 horas y equimosis violácea periuretral con sufusión hemorrágica a las 9 horas de meato uretral sangrante. Asimismo recibió asistencia psicológica desde el Servicio de Atención a las Víctimas del Delito del Gobierno de Navarra.
En su resolución, la Sala condena al acusado como autor de un delito de abuso sexual a la pena de 2 años de prisión, le impone una prohibición de acercamiento a una distancia no inferior a 300 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio durante el plazo de 3 años, y a indemnizarla en la cantidad de 3.000 euros.











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