
El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), recoge en su edición de este viernes, 14 de octubre, el anuncio de la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de terrazas del Ayuntamiento de Abarán, que, en referencia a su artículo 17 donde se hace mención a las infracciones y régimen sancionador, varía a la baja el importe de las posibles sanciones a las que deberán hacer frente aquellos locales que infrinjan la normativa.
De esta forma, las infracciones que sean sancionadas como leves, y que inicialmente contaban con un apercibimiento o multa de hasta 300 euros, pasarán a ser desde 100 hasta un máximo de 250 euros; las catalogadas como graves, que anteriormente se fijaron en una cuantía de entre 301 y 900 euros, ahora serán de entre 251 y 500 euros; mientras que las muy graves, antes fijadas entre 901 y 2.000 euros, ahora baja su cantidad a entre 501 y 1.000 euros.
Por otra parte, cabe recordar que además de la sanción económica, la ordenanza recoge también en los casos graves «la suspensión de la autorización por plazo de un mes, con el consiguiente lanzamiento de la vía pública lo que conllevará la restitución de la misma a su uso común general y el desmontaje inmediato de la instalación durante el plazo de suspensión»; y en los casos tipificados como muy graves y cuando se produzcan daños en la vía pública por un importe superior de 1000 euros, «se impondrá una sanción que será del doble del daño producido, como mínimo, y la revocación de la licencia esa temporada y, en su caso, la no autorización al año siguiente».
Ver anuncio del BORM aquí.
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