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Condenan a un vecino de Abarán por conducir sin puntos en el carnet

J. A. Moreno | 1128 Viernes, 24 de Julio de 2015 Tiempo de lectura:

Tendrá que hacer frente a una multa de 6 euros diarios durante 12 meses

La Audiencia provincial de Murcia ha ratificado la condena impuesta a un vecino de Abarán al que se sorprendió conduciendo después de haber perdido todos los puntos de su carnet de conducir. Este, en su defensa, había alegado que desconocía tal situación porque Tráfico no se lo había notificado. La pena impuesta se traduce en una multa de 6 euros diarios durante 12 meses.

 

Los hechos se remontan al mes de enero de 2014 cuando el acusado fue sorprendido por efectivos de la Guardia Civil de Tráfico mientras circulaba con su vehículo por la carretera RM-B17 que une a nuestro municipio con el vecino de Blanca. Tras requerirle la documentación, los agentes constataron que su permiso de conducir carecía de vigencia por la pérdida total de los puntos asignados, por lo que fue denunciado y citado para la celebración de juicio oral como presunto autor de un delito contra la seguridad vial por conducción sin permiso. Posteriormente, en la vista, se le impuso la citada pena de 12 meses de multa con cuota diaria de 6 euros, más el pago de las costas judiciales.

 

El condenado, no conforme con la sentencia, la apeló argumentando que no se le había notificado personalmente la pérdida de todos los puntos del carnet de conducir, por lo que desconocía tal situación. Sin embargo, su alegación no prosperó tras comprobarse que, en el transcurso de la causa, había indicado dos domicilios diferentes, «habiéndosele notificado la sanción administrativa en uno de ellos donde, en su ausencia, fue su padre quien firmó y recogió el certificado sin rehusarlo, conociendo su significado y sin indicar nada sobre el acusado en el sentido de que no le pudiera trasladar o comunicar la llegada del escrito de Tráfico», recoge la sentencia. Además, se da la circunstancia de que el vehículo que conducía el acusado tiene como titular al propio padre, y que en sus datos de filiación aparece igualmente como domicilio el mismo donde se hizo entrega de la notificación.

 

En consecuencia, la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 5 de Murcia que ya condenó en su día al acusado a la pena ya citada anteriormente, sin que haya lugar a nuevos recursos.

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