Fueron los propios vecinos quienes alertaron a la Policía Local de Águilas para informar de que un perro se encontraba herido tras recibir un disparo que le habían causado lesiones de diversa consideración. El proyectil penetró por la parte ventral del cuello del can y se alojó en la parte lateral derecha del tórax, no habiendo comprometido, finalmente, la vida del animal, aunque cerca estuvo de sufrir consecuencias letales.
Los agentes policiales recabaron todos los indicios posibles y trasladaron la información al SEPRONA, que se hizo cargo de la investigación del suceso y, gracias a la colaboración ciudadana, pudieron identificar, localizar e investigar al presunto autor del disparo e incautar el arma utilizada, una escopeta de aire comprimido, abriendo diligencias por un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.
Con esta operación, el SEPRONA da nuevamente cumplimiento a la incipiente proliferación de preceptos legales que protegen los derechos de los animales quienes ostentan una figura adecuadamente protegida por nuestro vigente Código Penal.
Solidaridad vecinal
Las primeras pesquisas practicadas por los investigadores de la Guardia Civil permitieron constatar una actitud encomiable por parte de los vecinos de Calabardina, la pedanía aguileña donde ocurrió el suceso, quienes se hicieron cargo del animal herido, le prestaron auxilio y lo trasladaron en un vehículo particular hasta un servicio veterinario de urgencia donde fue asistido y tratado para sanar sus heridas. Además, con aportaciones económicas, los propios vecinos asumieron el coste derivado de la asistencia veterinaria a ‘Balín’, nombre con el lo han apodado los vecinos.
Maltrato animal
El delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos (maltrato animal), se encuentra recogido en la reciente reforma del Código Penal, que lo define como «el hecho de maltratar injustificadamente a los animales, mediante cualquier medio o procedimiento, causándoles lesiones que menoscaben gravemente su salud o la muerte. Estas conductas están castigadas con penas de tres a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de uno a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales».
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.27