El tiempo - Tutiempo.net

Miércoles, 17 de Septiembre de 2025

Actualizada Miércoles, 17 de Septiembre de 2025 a las 07:15:10 horas

Tienes activado un bloqueador de publicidad

Intentamos presentarte publicidad respectuosa con el lector, que además ayuda a mantener este medio de comunicación y ofrecerte información de calidad.

Por eso te pedimos que nos apoyes y desactives el bloqueador de anuncios. Gracias.

El Ayuntamiento de Abarán delega en la ATRM la inspección del Impuesto de Actividades Económicas

CARM / Redacción Sábado, 23 de Enero de 2021 Tiempo de lectura:

 

Abarán es uno de los 15 nuevos municipios donde la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM) ha asumido las competencias de inspección tributaria del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). La nueva titularidad ha entrado en vigor en el presente mes de enero, tras la solicitud de los propios ayuntamientos y la autorización del Ministerio de Hacienda.

 

En la práctica, este cambio de competencias supone que serán inspectores de la ATRM, y no de la Administración local, quienes comprobarán que las declaraciones de este tributo sean correctas y se corresponden con la actividad que se desarrolla. La ATRM es un organismo adscrito a la Consejería de Presidencia y Hacienda de la CARM.

 

Los municipios en los que la Comunidad pasa a encargarse de la inspección son los de Abanilla, Abarán, Águilas, Albudeite, Aledo, Beniel, Bullas, Calasparra, Caravaca de la Cruz, Fortuna, Fuente Álamo, Librilla, Mazarrón, Moratalla y Puerto Lumbreras. Todos ellos se unen a los tres ayuntamientos que ya tenían delegada esta competencia en la Agencia: Molina de Segura, Cieza y Santomera.

 

La directora de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Sonia Carrillo, destacó que «con esta medida avanzamos en el objetivo de ofrecer cada vez más servicios a las entidades locales, y reforzamos la prevención del fraude fiscal. Una de las vocaciones de la Agencia es estar a disposición de los consistorios para facilitar su labor».

 

El IAE es un tributo directo que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas. Deben presentar declaración de este impuesto las entidades que ejerzan una actividad económica cuando ellas, o el grupo al que pertenezcan, hayan obtenido un importe neto de su cifra de negocios igual o superior a un millón de euros durante el penúltimo año anterior al del devengo del IAE.

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.142

Todavía no hay comentarios

Más contenido

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.