El Defensor del Pueblo ha iniciado una actuación oficial dirigida a 13 ayuntamientos de la Región de Murcia, entre los que se encuentra Abarán, al considerar que sus ordenanzas municipales podrían vulnerar el principio de igualdad al impedir el acceso a licencias de taxi a personas que padecen el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).
La institución ha requerido a los consistorios señalados que informen sobre las cláusulas de sus ordenanzas y sobre las limitaciones impuestas a las personas afectadas, así como sobre las medidas que puedan adoptarse para garantizar sus derechos y evitar cualquier trato discriminatorio.
El origen de esta actuación se remonta a una queja presentada por UGT Región de Murcia, que el pasado mes de marzo denunció que 13 ayuntamientos murcianos —entre ellos los de Abarán y Blanca— mantenían en sus ordenanzas cláusulas que vetaban el acceso al oficio de taxista a personas con VIH u otras enfermedades infectocontagiosas, pese a los avances médicos y a la normativa vigente en materia de igualdad.
El sindicato sostiene que esta exclusión podría constituir una vulneración del artículo 14 de la Constitución Española y de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación, además de contradecir las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El caso de Abarán, sin embargo, presenta un matiz relevante: según la información difundida por el propio sindicato, nuestro ayuntamiento es uno de los únicos dos consistorios de los 13 señalados —junto a Los Alcázares— que ya habían respondido al Defensor del Pueblo y se habían comprometido a modificar el texto de su ordenanza para eliminar la referencia discriminatoria. No obstante, según se ha informado desde la Federación de Municipios de la Región de Murcia, en próximos plenos, los ayuntamientos de Lorca, Molina de Segura, Alcantarilla, Torre Pacheco, Caravaca, Mula, Albudeite, Blanca, Cehegín, La Unión y Totana, abordarán la modificación de esa ordenanza con la fórmula alternativa que plantea UGT, y que ya aplican municipios como Murcia y Cartagena, y que sustituye la exclusión directa por un criterio más amplio: «no padecer una enfermedad o impedimento que imposibilite o dificulte el ejercicio normal de la profesión«.
